Perú: AFP habilita pensión mínima a partir de junio 2027
El reglamento de la ONP permite a los afiliados de AFP solicitar una pensión mínima bajo Ley 32123, con un plazo de 100 días hábiles para ajustar procesos.
- Ley N° 32123 y su reglamento
- Resolución de Presidencia Ejecutiva N° 000087-2026-PE-ONP
- Plazo de 100 días hábiles para ajustar procesos internos
La Oficina de Normalización Previsional (ONP) publicó el Reglamento Operativo que aprueba el procedimiento para que los afiliados del Sistema Privado de Pensiones (SPP) soliciten una pensión mínima o proporcional, conforme a la Ley N° 32123 y su reglamento, mediante la Resolución Ejecutiva N° 000087-2026-PE-ONP.
Las administradoras de fondos (EAF) y la ONP disponen de hasta 100 días hábiles, contados a partir del día siguiente de la publicación, para adecuar sus procesos internos y habilitar la atención de las solicitudes, lo que busca garantizar un ingreso básico para los jubilados del sector privado.
La Perspectiva
Se espera que la implementación de la pensión mínima amplíe la cobertura de jubilación en el sector privado peruano, mejorando la seguridad financiera de los afiliados y potenciando la estabilidad del sistema de pensiones; el indicador clave a vigilar es la efectividad de la adaptación de los procesos de las EAF dentro del plazo de 100 días.